Revocación de mandato a Abelina López tendrá que esperar por la suspensión promovida por la alcaldesa

Baltazar Jiménez Rosales // La Comisión Instructora del Congreso del Estado ya desahogó la última etapa del proceso para revocarle el mandato a la presidenta municipal de Acapulco, Abelina López Rodríguez, pero aunque esta determinación es inminente, la revocación del mandato no se dará en lo inmediato por el recurso de amparo que la alcaldesa porteña promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) bajo el argumento de que el Poder Legislativo no tiene facultades para hacerlo.

Entrevistado vía telefónica, el ex diputado local Ramiro Solorio Almazán, informó que precisamente el lunes de esta semana que termina acudió al Congreso del Estado para presentar las pruebas finales, con lo cual se cerró esta etapa del procedimiento.

Es más, desde su punto de vista, “ya se comprobó la omisión reiterada de la alcaldesa Abelina López, en el cumplimiento de sus obligaciones; ahí están todas las pruebas, está en la etapa final todo el procedimiento…apenas el lunes pasado presenté el último listado de alegatos y el plazo se cerró toda esta etapa y la Comisión Instructora está lista para enviar al pleno del Congreso la revocación de mandato de la alcaldesa Abelina López, porque está comprobado plenamente el incumplimiento de sus obligaciones”.

Sin embargo, reiteró que no se dará la revocación de mandato en estos momentos, “porque la alcaldesa promovió un recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para alegar que el Congreso no tiene facultades para revocarle el mandato y pidió como medida cautelar la suspensión provisional”.

Por lo anterior, la SCJN otorgó la suspensión provisional a favor de López Rodríguez y ordenó al Congreso no revocarle el mandato hasta en tanto determina si precisamente el Congreso local tiene o no facultades para hacerlo.

En este sentido, Ramiro Solorio señaló sin embargo que al final del análisis que haga, la Suprema Corte determinará que el Congreso local sí tiene facultades para revocarle el mandato, porque realmente sí las tiene, “lo dice expresamente el Artículo 115 Constitucional”.

Por lo tanto, el ex diputado local mencionó que lo único que hizo con su acción la alcaldesa porteña es retrasar la acción de la justicia, “es lo único que ha logrado con esta serie de amparos que interpuso ante la Suprema Corte”.

Apuntó además que ante el amparo promovido por López Rodríguez, el Congreso local interpuso un acto de reclamación para aclarar que sí tiene facultades para revocarle el mandato, por lo que consideró que “el Congreso del Estado ha hecho lo correcto, ha estado actuando muy bien y mis respetos para todo el trabajo que han venido realizando”.

Solorio Almazán dijo desconocer asimismo cuando emitirá la SCJN su determinación en cuanto a si el Congreso local está o no facultado, ya que por el cambio que sufrió el Poder Judicial de la Federación, podría ser en septiembre u octubre, “pero hasta en tanto esto suceda, se tiene que esperar, porque la ley es la ley”.