PROPONEN GARANTIZAR IDEONEIDAD Y EXPERIENCIA EN TITULARES DE ORGANISMOS OPERADORES DE AGUA

Chilpancingo, Gro., 24 de Julio de 2025.- Para garantizar que los nombramientos de titulares de los organismos operadores municipales de agua potable y alcantarillado se realicen bajo criterios de idoneidad, experiencia técnica y legitimidad, mediante la aprobación del Cabildo y requisitos como residencia, formación profesional y trayectoria comprobada para profesionalizar su gestión, la Comisión de Agua, Infraestructura y Recursos Hidráulicos analiza reformas y adiciones a los artículos 53 y 54 de la Ley de Aguas del Estado.

La iniciativa de reformas, propuesta por la diputada Erika Lührs Cortés (MC), señala que los nombramientos de estas personas no pueden ni deben ser una posición política dentro de los Ayuntamientos.

Dijo que las y los operadores municipales de agua potable y alcantarillado deben actuar brindando atención a la población allegando el vital líquido a la ciudadanía, lo cual está regulado por un marco legal y normativo con acciones como captación y potabilización del agua, distribución, cobro y administración financiera.

Señaló también que estos se encargan del saneamiento y alcantarillado, del mantenimiento y conservación de infraestructura con medidas que permiten crear una cultura del agua y con atención directa a las personas usuarias, entre otras actividades, es por eso que resulta muy importante que los titulares o responsables de esos organismos operadores municipales de agua potable y alcantarillado sean aptos, que cuenten con el perfil idóneo, que tengan experiencia, que estén bien calificados, y tengan legitimidad en su designación, para que de esa manera los organismos puedan operar de manera adecuada.

La diputada aseguró que la capacidad técnica y administrativa en los titulares de los organismos puede contribuir a evitar crisis internas.

Por ello, la diputada considera que al elegir un cuerpo colegiado a la persona titular da mayor legitimidad y representatividad, además brinda mayor transparencia y rendición de cuentas.

“Los mejores perfiles para los cargos se deben evaluar, comparar con trayectorias y habilidades y evitar a toda costa que se imponga un perfil no adecuado”, apuntó.
Y propone que el Organismo Operador Municipal tendrá un director o directora General que será designado y removido por la o el Presidente Municipal, quien será responsable del Consejo de Administración, y cuya designación deberá ser aprobada por las dos terceras partes del Cabildo.

Asimismo, para ser director General del Organismo Operador Municipal se requerirá ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; tener residencia comprobable en el municipio durante un periodo mínimo de cinco años previos a la fecha de su designación; ser mayor de treinta años de edad.

Además de contar con una carrera profesional o título universitario en ingeniería o preferentemente en áreas relacionadas con la gestión del agua; tener experiencia técnica y administrativa comprobable en materia de gestión del agua, por un periodo mínimo de 10 años contados a partir de la fecha de obtención del título profesional relevante, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión.